Listas de Interinos PROVISIONALES de Secundaria y otros cuerpos, para el curso 2025-26, de las especialidades convocadas en oposiciones 2025

Listas de Interinos PROVISIONALES de Secundaria y otros cuerpos, para el curso 2025-26, de las especialidades convocadas en oposiciones 2025

En estas listas provisionales figuran todos los aspirantes que se han presentado a las oposiciones este año.

La lista de seleccionados con plaza de las oposiciones se espera para el miércoles 23 de julio.

En la lista definitiva de interinos ya no estarán los que hayan sacado plaza.

La Consejería de Educación ha publicado la Orden de 17 de julio de 2025 de la Consejería de Educación y Formación Profesional por la que se publica la lista provisional de aspirantes que cumplen los requisitos del artículo 111 de la orden de 20 de noviembre de 2024, para la ordenación de las listas de interinidad para el curso 2025-2026 en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño.Este enlace se abrirá en una nueva ventana

▪️ Anexo I – Bloque I

▪️ Anexo II – Bloque II

▪️ Anexo III – Lista provisional de aspirantes al desempeño de puestos en régimen de interinidad en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño para el curso 2025 -2026, que no cumplen con el requisito establecido en el artículo 11.1.d) de la Orden de 20 de noviembre de 2024, por no acreditar la posesión de alguna de las titulaciones concordantes para la especialidad a la que opta establecidas en el anexo VII de la Orden de convocatoria, ordenada por puntuación.

▪️ Anexo IV – Relación de aspirantes que no han acreditado debidamente las circunstancias que figuran en el artículo 111 de la Orden de 20 de noviembre de 2022, con el fin de que puedan ser subsanadas.

▪️ Anexo V – Relación de aspirantes que, de conformidad con el artículo 95 de la orden de convocatoria, tienen cumplidos 55 años, no forman parte del bloque I, y reúnen el resto de requisitos para figurar en dicho bloque.

▪️ Anexo VI – Relación de aspirantes interinos integrantes de la listas vigentes con anterioridad a la celebración del primer procedimiento selectivo de la especialidad de Patronaje y Confección del Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, en el mismo orden en el que figuraban incluidos. A continuación figuran el resto de los integrantesde las listas ordenadas conforme a lo establecido en el artículo 111.2 de laorden de convocatoria.

▪️ Anexo VII – Relación de aspirantes que, figurando incluidos en el anexo III, deben presentar certificación académica de la titulación aportada, con el objeto de decidir sobre la concordancia con la especialidad correspondiente, de acuerdo con lo establecido en artículo 111 de la orden de convocatoria.a.

▪️ Anexo VIII – Relación de aspirantes a los que se les ha modificado de oficio la puntuación.

▪️ Anexo IX – Relación de aspirantes a los que se les ha desestimado total o parcialmente las alegaciones presentadas en la fase de exposición pública, con indicación de la causa de desestimación.

Los aspirantes relacionados en los anexos mencionados dispondrán de un plazo de cinco días hábiles que comprenderá desde el 17 de julio a partir de las 14:00 horas hasta el 23 de julio hasta las 14:00 horas para la presentación de reclamaciones.

Dichas solicitudes se cumplimentarán exclusivamente de forma telemática, a través del formulario web disponible en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el procedimiento 873 – Listados de interinos de los Cuerpos de la Enseñanza Secundaria surgidos de las oposiciones, seleccionando el trámite “Escrito de cumplimiento al requerimiento de subsanación/mejora ”. El acceso y la posterior firma de la solicitud correspondiente se realizarán con los medios habilitados para garantizar la identidad unívoca de los participantes.

Una vez firmado dicho formulario se generará el documento “Justificante de presentación” en formato PDF. Debe imprimir o guardar una copia de dicho documento. Dicho documento contendrá una copia de la solicitud efectuada, una relación de los documentos aportados, y los códigos de firma y registro de la solicitud. En este caso la solicitud se considerará presentada ante la Administración, no siendo necesaria presentación de justificante alguno por ningún otro medio ante la misma.