Habilitaciones

Como USUARIOS PREFERENTES de la web, aparte de la información, tendréis todo el asesoramiento en el proceso de Habilitación de especialidades (Además de otras muchas ventajas). En ésta página podréis daros de alta como usuarios preferentes.

HABILITACIÓN NUEVAS ESPECIALIDADES CUERPO MAESTROS

Este procedimiento está regulado por la Resolución de 24 de octubre de 2014 de la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos por la que se establece el procedimiento para la Habilitación de Especialidades por los integrantes de las listas de aspirantes al desempeño de plazas en régimen de interinidad del Cuerpo de Maestros.

1º.- Comprobar que cumplimos los requisitos del RD 1594/2011.

Para las especialidades de idiomas se modificó el RD 1594/2011 con el RD 1058/2015. Podéis ver aquí los requisitos de habilitación.

2º.- Descargar y cumplimentar la Solicitud de Habilitación.

3º.- Presentar la solicitud junto con la documentación justificativa en el Registro de la Consejería u otros organismos, Ventanilla Única o Correos. Si se tiene certificado digital, DNIe o Clave, se puede presentar por el procedimiento 0111 de la sede electrónica de la CARM.

HABILITACIÓN PROGRAMA BILINGÜE PRIMARIA

1º.- Tener acreditada la especialidad de Primaria.

1º.- Comprobar que tenemos alguna titulación del decreto 177/2022 que incorporó nuevos títulos al anexo del decreto 43/2015.

3º.- Descargar y cumplimentar la Solicitud de Habilitación.

4º.- Presentar la solicitud junto con la documentación justificativa en el Registro de la Consejería u otros organismos, Ventanilla Única o Correos. Si se tiene certificado digital, DNIe o Clave, se puede presentar por el procedimiento 0111 de la sede electrónica de la CARM.

HABILITACIÓN PROGRAMA BILINGÜE SECUNDARIA

1º.- Comprobar que tenemos alguna titulación del decreto 207/2017 que incorporó nuevos títulos al decreto 43/2015.

2º.- Descargar y cumplimentar la Solicitud de Habilitación.

3º.- Presentar la solicitud junto con la documentación justificativa en el Registro de la Consejería u otros organismos, Ventanilla Única o Correos. Si se tiene certificado digital, DNIe o Clave, se puede presentar por el procedimiento 0114 de la sede electrónica de la CARM.

ÚLTIMAS RESOLUCIONES DE HABILITACIÓN PUBLICADAS

PRIMARIA

– Orden de 29 de febrero de 2024, de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, por la que se hacen públicas las habilitaciones concedidas, o en su caso denegadas, para la impartición del sistema de enseñanza en lenguas extranjeras en Educación Primaria por el personal interino del Cuerpo de MaestrosEste enlace se abrirá en una nueva ventana (29/02/24)

– Orden de 29 de febrero de 2024, de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, por la que se hace pública la adquisición de nuevas especialidades por el personal interino del Cuerpo de Maestros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.2.b del Real Decreto 1594/2011 de 4 de noviembreEste enlace se abrirá en una nueva ventana (29/02/24)

SECUNDARIA

– Resolución provisional de 1 de marzo de 2024 de la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación, por la que se hacen públicas las habilitaciones estimadas o, en su caso, desestimadas, para la impartición del programa de Profundización en Lenguas Extranjeras por el personal interino del cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación ProfesionalEste enlace se abrirá en una nueva ventana (01/03/24)

PROYECTO ABC

Resolución provisional de 1 de marzo de 2024 de la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación, por la que se hace pública la habilitación concedida o, en su caso, denegada, para la impartición de materias dentro del Proyecto ABCEste enlace se abrirá en una nueva ventana (01/03/24)

FUNCIONARIOS

Orden de 1 de marzo de 2024 de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo por la que se hace pública la adquisición de nuevas especialidades por el personal funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.2.b del Real Decreto 1594/2011 de 4 de noviembreEste enlace se abrirá en una nueva ventana (01/03/24)